DE ACUERDO A LA REVISION CONTRACTUAL DEL 14 DE SEPT DE 2005:
"... 2.-RETIRO DEL MONTO ACUMULADO POR APORTACIONES VOLUNTARIAS DEL SOBRECARGO.
El monto acumulado por aportaciones voluntarias del sobrecargo NO PODRA SER RETIRADO TOTAL NI PARCIALMENTE, ASI COMO TAMPOCO PODRA SER SUJETO A PRESTAMO O ANTICIPO ALGUNO, MIENTRAS SUBSISTA LA RELACION DE TRABAJO. El monto acumulado por aportaciones voluntarias del sobrecargo será retirado únicamente en caso de baja de la empresa por cualquier causa....
3.- DERECHOS ADQUIRIDOS SOBRE MONTO ACUMULADO POR APORTACIONES ADICIONALES DE LA EMPRESA (MATCH BASICO Y MATCH ADICIONAL EMPRESA)
Con el fin de otorgar beneficios por renuncia o por retito voluntario antes de llegar a la jubilación, los sobrecargos tendrán derecho a recibir un porcentaje del monto acumulado por las aportaciones adicionales de la empresa de acuerdo con la siguiente tabla:
Antigüedad de sistema %acumulado
5 a 9 años 30%
10 a 14 años 60%
15 años en adelante 100%
4.- BONO POR JUBILACION O RETIRO
La empresa otorgará por única ocasión un bono de jubilación o retiro en reconocimiento a la experiencia previa de cada sobrecargo al 15 de sept., de 2005 por los años devengados. Bono que la empresa otorgará en adición al monto que acumule y le corresponda a la fecha de jubilación en su registro individual de plan de contribución definida.
Este Bono de jubilación o retiro, se calculará de acuerdo a la siguiente tabla en función de la antigüedad de sistema de cada sobrecargo al 15 de sept. de 2005.
ANTIGüEDAD DE SIST SUELDO TABULAR (MESES)
0 a 5 años 6
6 a 8 " 9
9 a 10 " 12
11 a 12 " 15
13 a 14 " 23
15 en adelante 26
Este bono se otorgará a la fecha de jubilación o al alcanzar el derecho a retiro a partir de 15 años de antigúedad de sistema. La Empresa otorgará a cada sob., el bono or retiro con base al sueldo tabular vigente al 15 de sept. de 2005 por la cantidad de meses que les correspondan por antigüedad en el sistema a esa fecha EL BONO DETERMINADO SE ENTREGARA ACTUALIZADO POR LA INFLACION ACUMULADA DEL 15 DE SEPT DE 2005 A LA FECHA DE JUBILACION O RETIRO...."
ME PARECE NECESARIO, QUE QUIEN TENGA PENSADO RETIRAR EL DINERO DE IXE, DEBE TENER EN CUENTA LO ANTERIOR, ASI COMO CUIDAR EL HECHO DE CONSULTAR EL TEXTO PRESENTADO, A FIN DE ASEGURAR QUE EL HECHO DE RETIRAR EL DINERO, NO TERMINE POR SI MISMO LA RELACION LABORAL.
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