El ave Fenix cuando le llegaba la hora de morir, hacía un nido de especias y hierbas aromáticas, ponía un único huevo, que empollaba durante tres días, y al tercer día ardía. El Fénix se quemaba por completo y, al reducirse a cenizas, resurgía del huevo la misma ave Fénix, siempre única y eterna. Esto ocurría cada quinientos años.
LA PRIMERA

LA PRIMERA SIEMPRE SERA LA PRIMERA
jueves, 16 de diciembre de 2010
Dudas y más dudas...
Al recibir un correo que me enviaron bajo el título de “reflexiones”, me asaltaron algunas dudas y pensé en lo siguiente:
Recordé que uno de los abogados que consulté recién empezó este asunto, me comentó que si Mexicana quebraba, ya no habría quien pagara mi pensión, después consulte a otra abogada laboral y ella me dijo que las pensiones deberían estar protegidas por un fideicomiso, esto último lo han comentado infinidad de compañer@s que han consultado a varios abogados de su confianza, sin embargo me salta lo siguiente: La cláusula 74 y 74bis del contrato señalaba que “En los términos dispuestos por la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la Empresa registrará los Planes de Jubilaciones a los que se refieren las cláusulas 74 y 74bis ante la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el retiro (CONSAR)”.
Y de ahí recordé que en una asamblea la Co. Clavel mencionó que PC Capital tomaría hasta de los fideicomisos de jubilados para echar a andar la empresa. Ante esto me salta la siguiente duda ¿si la nueva empresa NO refrenda el registro el próximo mes de marzo, fecha en que se vence el actual plan de jubilaciones, que sucedería?
¿Que pasa con esto?, pues por lo que entiendo, es con este plan que se constituye un fideicomiso y de ahí se pagan las pensiones jubilatoria.
Este clausulado desaparece del actual contrato firmado hace algunos días y dado que la nueva empresa no quiere nada que ver con jubilados, pensando maliciosamente, puedo especular que en un futuro, al no haber soporte para las pensiones, estas tiendan a desaparecer en caso de quiebra o de algún otro tipo de movimiento. Sé que me dirán que el nuevo convenio que se quiere firmemos dice que las pensiones son vitalicias, sí serían vitalicias, siempre y cuando exista la empresa.
¿O alguien sabe bien a bien que pasaría con nuestras pensiones? Pero con fundamentos sólidos y legales.
Porqué se dice que “es un derecho adquirido”, “que no las podemos perder”, “que son irrenunciables”, en fin mil cosas más, pero hasta éste momento nadie, ni en ASSA, ni ningún abogado, me han sabido decir como o para que están los planes privados de pensiones o como funcionan.
Y lo de las pensiones jubilatoras no esta establecido en la Ley Federal del Trabajo.
Y luego con la posible pérdida del registro si no se lleva a cabo la reforma estatutaria antes de mediados de enero, pues peor el asunto, no creen.
Son dudas que tengo, no sé ustedes.
Felices fiestas y un abrazo.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario